sábado, 28 de marzo de 2015

NO A LA "LEY MORDAZA"

LA JUNTA DE PERSONAL CONTRA LA "LEY MORDAZA"
 
 
 

  En León, a 1 de abril de 2015
Asunto: NOTA DE PRENSA DE LA JUNTA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LOS SERVICIOS TERRITORIALES DE LEÓN, PARA EXPRESAR NUESTRO DESCONTENTO Y FRONTAL RECHAZO A LA “LEY MORDAZA” (LEY O. DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDANA).

Esta Junta de Personal Funcionario de Servicios Territoriales de León, en representación de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Castilla y León en León, a la vista de la reciente aprobación de la Ley orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana (reforma de la vigente ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana LOPSC), viene a expresar el descontento, enfado y cabreo de todos los funcionarios a los que representa y, por lo tanto, la más enérgica repulsa hacia la misma.

Cinco meses después de iniciar su tramitación parlamentaria, el polémico proyecto de Ley ha sido aprobado en el Congreso con el único respaldo del PP frente a toda la oposición que ha bautizado la iniciativa como "ley mordaza". El proyecto sustituirá a la norma vigente de 1992 la llamada "ley Corcuera" o de "la patada en la puerta" y recibió su aprobación final el pasado jueves, 26 de marzo, en el Congreso.

El Gobierno, gracias a su mayoría absoluta, consigue la aprobación de estas leyes en un breve plazo, sin hacer caso a ONG, movimientos sociales, la UE o la ONU.

Entrará en vigor el 1 de julio de 2015 y entre las novedades más significativas de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana figuran las siguientes:

Identificaciones, se puede llevar a cabo una detención de facto (6 horas) si no se considera acreditada la identificación.

Infracciones muy graves, multa de 30.001 a 600.000 euros. Los conceptos de reuniones o manifestación prohibidas, suspendidas por la autoridad por razones de seguridad, son tan relativos como que puede valer para todo, pecando de un exceso de ambigüedad, al igual que los conceptos Perturbar, desórdenes, obstruir, obstaculizar de las Infracciones graves, multa de 601 a 30.000 euros.

La Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones y la negativa a identificarse ya está contemplado en clave judicial por lo que no es necesaria su regulación de forma administrativa. Pasa algo parecido con la negativa a disolver reuniones o manifestaciones cuando lo ordene la autoridad.

Con el Uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización nos lleva a pensar en la prohibición a todo empleado público uniformado de usar su uniforme o equipo de protección individual (EPI) en manifestación alguna perdiendo todo el efecto identificador que ello produce en la población.

Infracciones leves, multa de 100 a 600 euros. Enumerando: el ánimo intimidatorio con objetos peligrosos, falta de respeto y consideración, ocupación de espacios, perder el DNI, daños leves a mobiliario urbano, escalar, retirar vallas; la reforma de la ley se va a conceptos extremadamente subjetivos que limitan o aniquilan el derecho de defensa de la ciudadanía.

Por todo lo expuesto nos vemos en la obligación de manifestar nuestro más enérgico rechazo a esta reforma de Ley que no hace sino coartar derechos fundamentales recogidos en nuestra carta magna y en especial el de libertad de expresión a la vez que traslada a la vía administrativa cuestiones que ya vienen perfectamente recogidas en la normativa judicial (delitos y faltas), eliminado de un plumazo los derechos más elementales de defensa que otorgan los procedimientos judiciales.
                             LA JUNTA DE PERSONAL




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